“El procedimiento que se va aplicar ahora es justamente del cambio del nombre del ciudadano(a) que quiere aplicar este derecho establecido en la Ley y el cambio de su género”, señaló vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral, Antonio Costas, en una entrevista realizada en el programa de Nueve a doce que se emite por radio Compañera.
Costas manifestó que desde el primero de agosto todas las personas que deseen hacer una modificación a sus documentos, lo podrán hacer, ya que la Ley así lo dispone. “Va estar de manera permanente de aquí en adelante, entre los proceso administrativos que atiende Servicio de Registro Civil (Sedeci).
El pasado 21 de mayo, el Estado boliviano promulgó la Ley de Identidad de Género, que permite cambiar nombre y sexo de los individuos, en los documentos de identidad, cuentas bancarias, títulos profesionales, entre otros.
Asimismo, Martin Vidaurre, jefe de capacitación de Derechos Humanos, dijo que la Ley tiene como objetivo, en tres meses, que las instituciones se adecuen a la norma de acuerdo a la identidad de género, si es que una persona desea hacer ese cambio. “El Sedeci fue el primero en realizar este cambio en su procedimiento”, expresó, también, en el programa matinal.
“Hoy primero de agosto podrá una persona transexual y transgénero cambiar su nombre y datos, en su certificado de nacimiento”, manifestó Vidaurre. Por su parte, Costas también mencionó que la persona que desee hacer un cambio en su documentación, debe presentar una carta de solicitud, que confirme su petición. “(El individuo) Va a presentar un informe psicológico, emitido por un psicólogo, donde el interesado está indicando que asume la responsabilidad del cambio que se está enfrentando. Una persona que esté casado(a) no puede iniciar este trámite, hasta tener libertad de Estado”, argumentó.
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