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Elecciones Judiciales: candidatos y medios de comunicación no pueden solicitar el voto

RC BoliviaBy RC Bolivia14 septiembre, 20173 Mins Read
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El Tribunal Electoral Departamental (TED) de Potosí socializó este miércoles el Reglamento de Difusión de Méritos e Información con las y los candidatos al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), y con los medios de comunicación de Potosí y ciudades intermedias, a quienes explicó que el Reglamento les prohíbe realizar campañas en favor o en contra de una o más candidaturas.

Una de las principales inquietudes de las/os participantes fue acerca de las prohibiciones, en especial aquella relacionada con la posibilidad de hacer campaña durante este proceso. En la explicación reiteraron que el Reglamento de Difusión de Méritos e Información, que regula el accionar de candidatos y medios de comunicación, prohíbe a ambos actores solicitar el voto por una o más candidaturas a través de propaganda en medios de comunicación o en campaña electoral, en el caso de la/os candidatos; o a través de cualquier espacio, en el caso de los medios de comunicación.

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Sobre las sanciones a la vulneración de esta prohibición, el Reglamento menciona la inhabilitación de la candidatura, en el caso de la/os postulantes; o una multa equivalente al doble de la tarifa más alta inscrita o la inhabilitación para emitir propaganda electoral en los siguientes dos procesos, en el caso de los medios de comunicación.

Además de esta prohibición para la/os postulantes, la norma no permite la emisión de opinión en contra de uno o más candidatos por cualquier medio o espacio, dirigir o conducir programas, o contratar espacios en medios de comunicación para la difusión de su candidatura.

En el caso de los medios de comunicación, si bien tienen garantizada la más amplia apertura para la difusión de méritos de las/os candidatos y sobre lo concerniente a este proceso, establece como principio para este trabajo la igualdad, en términos de tiempo y espacio, para cada candidata/o; y prohíbe difundir resultados de estudios de opinión fuera del periodo establecido o aceptar contratos para la difusión de méritos de la/os candidatos, a excepción de los realizados por el Órgano Electoral.

Sobre las sanciones a la vulneración de esta prohibición, el Reglamento menciona la inhabilitación de la candidatura, en el caso de la/os postulantes; o una multa equivalente al doble de la tarifa más alta inscrita o la inhabilitación para emitir propaganda electoral en los siguientes dos procesos, en el caso de los medios de comunicación.

Fueron 32 miembros de medios de comunicación de la ciudad de Potosí y las ciudades de Uyuni y Tupiza que asistieron a esta socialización; asimismo, se contó con la participación Inés Leytón de la Quitana, Petronilo Flores Condori, candidatos por Potosí al TCP; y Andrés Perez Maita, candidato departamental por el TSJ. Asimismo, Herculiano Capusiri Casana y Pastor Segundo Mamani Vilca, postulantes al TCP; y Edwin Aguayo Arando, Elizabeth Arismendi Chumacero, Nelma Teresa Tito Araujo, postulantes al TSJ, a quienes también se extendió la invitación, no asistieron a este encuentro.

Otra inquietud planteada por las/os periodistas fue la relacionada a los alcances de estas prohibiciones a las organizaciones sociales. De acuerdo a lo establecido en el Reglamento, las organizaciones se encuentran facultadas para difundir información y organizar espacios informativos, pero no realizar campaña o proclamas en favor de alguna candidatura.

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